El Boletín Oficial de Aragón (BOA), de este miércoles 8 de julio, publica la Orden del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se convocan subvenciones en el área de influencia socio-económica del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido para este año 2020. Una ayuda que duplica su inversión con respecto al 2019 y está dotada con un presupuesto de 164.000 euros.
El objetivo es favorecer las inversiones realizadas por los ayuntamientos de Bielsa, Broto, Fanlo, Puértolas, Tella-Sin y Torla-Ordesa. Así como de personas físicas, empresas y entidades sin ánimo de lucro que se dediquen a impulsar el desarrollo de la zona a través de alguna de las siguientes actividades:
- Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establece la norma de declaración del Parque Nacional o sus instrumentos de planificación.
- Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.
- Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque Nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del mismo ocasionado por infraestructuras preexistentes.
- Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos tradicionales con la finalidad y objetivos del Parque Nacional.
- Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor histórico-artístico o cultural a escala local. En el caso de las iniciativas privadas el bien sobre el que recaiga la acción a subvencionar deberá estar catalogado como Bien de Interés Cultural, incluyendo en esta figura el Paisaje Pintoresco declarado por Decreto 907/1976, de 18 de marzo.
- Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con los Parques Nacionales, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de productos artesanales.
- Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que constituyen primera residencia de sus propietarios o que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.
- Iniciativas privadas destinadas a la dotación, en la primera residencia de sus propietarios, de las condiciones exigidas para la concesión de la cédula de habitabilidad a viviendas con una antigüedad acreditada de más de 50 años.
La cuantía máxima de la subvención podrá llegar hasta el 80% de la inversión subvencionable, con un máximo de 30.000 euros en el caso de las entidades locales y 15.000 eruos en el resto. De todo el presupuesto disponible, 98.400 euros están destinados a entidades locales; 41.000 euros para personas físicas y entidades empresariales y 24.600 euros para asociaciones sin fin de lucro.
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El plazo de presentación será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Aragón y se admitirán las actuaciones realizadas y puestas en servicio entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2020.
Solo podrá presentarse a esta convocatoria una solicitud por NIF o CIF, y las subvenciones otorgadas podrán ser compatibles con otras ayudas para la misma actividad provenientes de otras Administraciones Públicas o de entidades privadas, sin que, en ningún caso, se supere por la concurrencia de las mismas el 100% de la inversión a realizar.