El Dr. Elías Campo Güerri junto al alcalde de Boltaña, José Mari Giménez. Foto: SobrarbeDigital.

Abierto el plazo para la presentación de solicitudes para la convocatoria de concesión en régimen de concurrencia competitiva del III Premio de Estudios ‘Elías Campo Güerri’.

Primero.- Beneficiarios.
Para poder ser beneficiario del premio objeto de la presente convocatoria, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

. Poseer vecindad administrativa en algún municipio de la comarca de Sobrarbe, así como
toda su unidad familiar.
. La fecha de empadronamiento será anterior a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P.HU., quedando excluidos todos aquellos que no puedan demostrar la vecindad con anterioridad.
. Tener nacionalidad española, de alguno de los países miembros de la Unión Europea, u ostentar permiso de residencia en España.
. Tener 16 años cumplidos.
. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria; frente a la Tesorería General de la Seguridad Social; ante la Tesorería del Ayuntamiento al que corresponda su vecindad; y frente a la Tesorería de la Comarca de Sobrarbe.
. Demostrar una nota media mínima en el último año de estudios de Bachiller o de Grado Medio de 7,5 puntos.
. Demostrar continuar sus estudios posteriores a Bachiller o Grado Medio para el siguiente curso.

Segundo.- Objeto.
El premio tendrá por finalidad potenciar el acceso de un estudiante a los estudios de: cursos de grado; licenciaturas e ingenierías; ciclos formativos de grado superior; valorando y premiando la actividad educativa anterior al acceso a dichos estudios.

Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la concesión de este premio están aprobadas en fecha 18 de julio de 2019, por Decreto 102 /2019.

Cuarto.- Cuantía de la ayuda.
La cuantía total máxima prevista para el premio convocado es de 1000 €, que será imputada a la aplicación presupuestaria 3340.4800000 del Presupuesto municipal del año 2019.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de esta convocatoria. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, o bien de forma electrónica a través del registro electrónico de la sede electrónica del Ayuntamiento de Boltaña http://boltana.sedelectronica.es en el plazo de UN MES desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca.

Sexto.- Otros datos.
La solicitud deberá ir acompañada de la documentación determinada en el artículo séptimo de las Bases Reguladoras.