El Tribunal Supremo ha dictado hoy una sentencia por la que autoriza a Aragón a limitar la movilidad nocturna de 01.00 a 06.00 horas en Barbastro, Jaca, Huesca y Monzón, los municipios con la incidencia de COVID -19 más elevada de la comunidad.

De este modo y tras el aval del tribunal, el Departamento de Sanidad publicará este lunes una orden por la que se establece esta medida desde esta misma medianoche y por un periodo de 15 días.

Esta decisión se produce después de que el Gobierno de Aragón se viese obligado a presentar un recurso de casación al Tribunal Supremo ante la denegación del Tribunal Superior de Justicia de Aragón de la autorización judicial preceptiva para establecer el llamado toque de queda.

El Supremo tacha en su sentencia de “inadecuada” la argumentación esgrimida por el Tribunal Superior de Justicia de Aragón y asegura que es este órgano judicial quien debe resolver las solicitudes que se le planteen, a pesar de estar planteada y pendiente de resolución una cuestión de inconstitucionalidad.

Aragón justificó esta medida por su efectividad para reforzar el control de la interacción social de la población general y especialmente de los más jóvenes en horario nocturno, en espacios públicos y privados. Por este motivo, desde el Gobierno de Aragón se aplaude la decisión del Supremo, avalando la argumentación proporcionada por el Departamento de Sanidad en defensa de la salud de los aragoneses.

“Es una medida proporcional y ponderada que no incide en el sector económico y que ayuda mucho a controlar el virus. El Gobierno de Aragón ha tomado siempre las medidas pensando en la salud de los aragoneses, independientemente de cualquier otra consecuencia”, ha indicado la consejera de Presidencia, Mayte Pérez, tras la reunión del Consejo Local ampliado que se ha celebrado hoy.

Los cuatro municipios, si bien han descendido en su incidencia de COVID-19, siguen presentando las tasas más elevadas de la comunidad: Jaca, 1.058 casos por 100.000 habitantes durante los últimos 7 días; Huesca, 458; Barbastro, 437; y Monzón, 395.