Las nuevas listas de docentes de primaria de lengua aragonesa discriminarán al profesorado que es hablante nativo, mientras permitirán el acceso a las plazas a personas con un nivel básico de conocimiento del idioma. Así lo explica la Asociación Mayestros d’Aragonés en una nota de prensa.
El pasado 28 de marzo la Dirección General de Personal y Formación del Profesorado del Departamento de Educación, Deporte y Cultura convocó una nueva rebaremación de las listas de docentes de primaria de lengua aragonesa. La resolución niega a los docentes de dicha lista el que se valoren sus méritos de acceso con la Orden ECD/276/2016, de 4 de abril, por la que se establece el baremo de las listas de espera para la provisión de puestos de trabajo en régimen de interinidad de los cuerpos docentes no universitarios. Dicha orden rige todas las listas de interinos de infantil y primaria en Aragón, excepto la de lengua aragonesa.
Desde la Dirección General de Personal dan como única razón para aplicar un baremo distinto que no existe una especialidad reconocida para esta lengua. Sin embargo, para las listas de catalán o de auxiliar de conversación, las cuales también son excepcionales con respecto a las especialidades con carrera profesional en el cuerpo de funcionariado, no tiene inconveniente en aplicar la legislación citada. Ante las cuestiones planteadas sobre este asunto por sindicatos y docentes, la Dirección General de Personal se ha desentendido del tema derivando sistemáticamente las consultas a la Dirección General de Política Lingüística.
Sin embargo, según establece el DECRETO 314/2015, de 15 de diciembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, esta última Dirección General no es competente para establecer los requisitos de acceso a los cuerpos docentes.
El baremo que ha aplicado la Dirección General de Personal a las listas de lengua aragonesa establece puntuaciones diferentes para las certificaciones de idiomas según la clasificación del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, según sean de aragonés o el resto de lenguas. Para la lengua aragonesa se valora con 5 puntos un nivel B2 y con 3 puntos el nivel B1. Para el resto de idiomas se establece un valor sensiblemente inferior a dichos niveles de conocimiento del idioma: 2,5 puntos para un B2 y 2 puntos para un B1, sean de inglés, francés, alemán….
Las pruebas que valoran la aptitud en aragonés se convocaron por parte de la Dirección General de Política Lingüística escasas semanas antes de la convocatoria de rebaremación, y sin anunciar que serían válidas para puntuar en este proceso de selección de profesorado.
Se da la circunstancia de que la lengua aragonesa no cuenta con un sistema de certificación completo. Sólo hay titulaciones de niveles básicos (A1, A2) e intermedios (B1, B2). Esta situación hace que los hablantes nativos sean discriminados en la puntuación de este apartado, ya que solo pueden certificar un nivel intermedio cuando son hablantes expertos, y, por tanto, podrían certificar un nivel mayor (C1, C2) según el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas. Así pues, estos docentes no pueden añadir una mejor puntuación en este apartado de su baremo cuando tienen una capacitación superior que les es imposible certificar. Ello puede suponer el quedar en peores puestos de la lista y dejar de trabajar.
El aragonés no cuenta ni con una gramática y sistema ortográfico unificado, ni un sistema de formación reglada, ni un calendario regular de pruebas de certificación del nivel competencial en la lengua que permita a las personas que así lo deseen poder presentarse a las mismas para demostrar su aptitud. Esta situación no permite asegurar que nuevos candidatos a las listas puedan acceder a dicho mérito.
Las listas de docentes interinos de lengua aragonesa nunca han contado con un proceso de selección de profesorado estándar para las las etapas de infantil y primaria, dejando a sus integrantes en una inseguridad jurídica y profesional que depende de las voluntades o intereses políticos del gobierno de turno, los cuales cambian según el color del mismo. La negativa del actual ejecutivo a aplicar la Orden ECD/276/2016 como al resto de listas hace que se continúe en una situación de inestabilidad crónica que perjudica seriamente a la enseñanza de esta lengua, con plantillas volátiles y sin continuidad en los centros para establecer proyectos de refuerzo y recuperación del aragonés en las zonas en las que todavía se utiliza habitualmente.
Por otro lado, el 1 de abril también se publicó una resolución para crear una ampliación de las listas de lengua aragonesa para las personas que aún no han accedido a las actuales. En la misma se incluye un baremo de valoración de méritos diferente al que se aplica a los interinos que ya están en listas con la Resolución de 28 de marzo de 2019. De esta forma se continúa discriminando a los componentes de esta segunda lista, como ya pasaba hasta ahora.
La base Tercera de la convocatoria, en el apartado 2 de requisitos específicos se indica que “los aspirantes a nombramiento de interinos deberán estar en posesión del Título de Maestro o equivalente, así como de un certificado que acredite su nivel de conocimiento de lengua aragonesa de acuerdo con el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, conforme a la regulación establecida por la Orden ECD/1274/2018, de 16 de julio, BOA nº 148 de 1 de agosto de 2018.”. Con esta redacción, cualquier docente que presente una certificación con nivel A2 podrá acceder a una plaza.
Dicha titulación, que según el Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas se refiere a un usuario con un dominio básico del idioma, es a todas luces insuficiente para poder ofrecer una enseñanza de lengua aragonesa de calidad. En el resto de listas de enseñanzas de lenguas en Aragón, tanto extranjeras, como propias de Aragón, se exige un mínimo de B2, y en algunos casos incluso C1.
Llama la atención que se permita el acceso a docentes a las listas de aragonés con un nivel A2 básico del idioma cuando en el Boletín Oficial de Aragón de 10 de diciembre de 2018 se publicó un proyecto de Orden de la Dirección General de Innovación, Equidad y Participación y la Dirección General de Política Lingüística que indica que sólo podrán llevar a cabo proyectos lingüísticos en los centros el profesorado que certifique al menos un nivel B2 intermedio de conocimiento del idioma (y C1 en secundaria, un nivel para el cual actualmente ni siquiera hay pruebas de certificación).
Ante tal situación, la Asociación Mayestros d’Aragonés va a solicitar una reunión con el Director General de Personal y Formación del Profesorado para exponer la problemática a la que se ve sometido el colectivo de docentes que imparte lengua aragonesa en las etapas de educación infantil y primaria, y cómo esta se ve agravada por las decisiones tomadas desde el Departamento de Educación en diferentes aspectos, como las rebaremaciones y acceso a listas, o incumplimiento de horarios del área. Que la lista no tenga establecida una especialidad como el resto de docentes no implica que se discrimine a sus componentes y no puedan acceder a las plazas de profesorado en igualdad de condiciones que el resto de interinos.
Las últimas decisiones tomadas además perjudican a los docentes que son hablantes nativos, con lo cual el perjuicio es doblemente grave, y más cuando el Estatuto de Autonomía de Aragón establece en su Artículo 7, punto 3, referido a Lenguas y modalidades lingüísticas propias que “Nadie podrá ser discriminado por razón de la lengua.”